Por medio del Exp. N.° 03525-2021-PA/TC el Tribunal Constitucional emite sentencia sobre la prohibición de aplicar intereses moratorios tras vencer el plazo legal para resolver el recurso administrativo, incluso en los procedimientos en trámite por parte de la Administración Tributaria. De esta manera, se establece como regla sustancial y nuevo precedente constitucional vinculante.
TC prohíbe el cobro de intereses moratorios por plazo excedido en resolver recurso administrativo
EXP. N.° 03525-2021-PA/TC


Oscar Daniel Maquera MontoyaAsesor Tributario
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