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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 003-2020-EF/15

Fijan índices de corrección monetaria para efectos de determinar el costo computable de los inmuebles enajenados por personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales.

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 003-2020-EF/15
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Mediante Resolución Ministerial Nº 003-2020-EF/15, publicada el 06 de enero del presente año,  en el Diario Oficial El Peruano, se fija el índice de corrección monetaria correspondiente al mes de enero del presente año; ello con la finalidad de que en las enajenaciones de inmuebles que las personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales, que optaron, por tributar como tal, ajusten el valor de adquisición o construcción, multiplicándolo por el índice de corrección monetaria correspondiente al mes y año de adquisición; pues así lo señala el artículo 21º del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta concordado con el artículo 11 de su Reglamento.

La presente resolución ministerial, bajo comentario, entra en vigencia a partir del 07 de enero del 2020

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