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Resolución Ministerial N° 003-2019-EF/15

Fijan índices de corrección monetaria para efectos de determinar el costo computable de los inmuebles enajenados por personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales (08-01-19)

Resolución Ministerial N° 003-2019-EF/15
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Mediante la Resolución Ministerial N° 003-2019-EF/15 publicada el 08 de enero del presente año, en el diario Oficial El Peruano, se establecieron los índices de corrección monetaria que se dispone para el caso de enajenación de bienes inmuebles, que permitan determinar el costo computable, que es el valor de adquisición o construcción reajustado por los índices de corrección monetaria.  En conformidad con el artículo 11º del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 122-94-EF y normas modificatorias, donde se estableció que los índices de corrección monetaria serán fijados mensualmente por Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas, la cual es publicada dentro de los primeros cinco (5) días hábiles de cada mes.

La Resolución bajo comentario entró en vigencia el 09-01-19

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