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RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 069-2020/SUNAT

Modifican las Resoluciones de Superintendencia N°s. 055-2020/SUNAT y 065-2020/SUNAT para adaptarlas a la ampliación del aislamiento social obligatorio (cuarentena)

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 069-2020/SUNAT
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Mediante Resolución de Superintendencia Nº 069-2020/SUNAT, publicada el 14 de abril del presente año, en el Diario Oficial El Peruano, mediante Edición Extraordinaria, se modifican las Resoluciones de Superintendencia N° 055-2020/SUNAT y N° 065-2020/SUNAT,  para adaptarlas al Decreto Supremo N° 064-2020-PCM que dispone que el Estado de Emergencia Nacional y la cuarentena se prorrogan hasta el 26 de abril de 2020; por ello, se amplia el plazo de la declaración y pago de los conceptos, señalados en el segundo párrafo del literal a) del artículo único de la Resolución de Superintendencia N° 055-2020/SUNAT, y el segundo párrafo del literal a) del numeral 2.1 del artículo 2 de la Resolución de Superintendencia N° 065-2020/SUNAT, referente al PDT Planilla Electronica - PLAME, de los periodos febrero y marzo del ejercicio 2020.

La presente resolución de Superintendencia, bajo comentario, entra en vigencia el 14.04.20.

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