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RESOLUCIÒN DE SUPERINTENDENCIA Nº 286-2020-EF/15

Fijan índices de corrección monetaria para efectos de determinar el costo computable de los inmuebles enajenados por personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales.

RESOLUCIÒN DE SUPERINTENDENCIA Nº 286-2020-EF/15
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Mediante Resolución Ministerial Nº  286-2020-EF/15, publicada el 06 de octubre del presente año, en el Diario Oficial El Peruano, se fija el índices de Corrección Monetaria para las enajenaciones de inmuebles que las personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales -que optaron por tributar como tales- que realicen desde el día siguiente de publicada la presente Resolución hasta la fecha de publicación de la Resolución Ministerial mediante la cual se fijen los índices de corrección monetaria del siguiente mes, el valor de adquisición o construcción, según sea el caso, se ajusta multiplicándolo por el índice de corrección monetaria correspondiente al mes y año de adquisición del inmuebleEl índice de corrección monetaria  del mes de octubre del 2020 corresponde a 1,00.

La presente Resolución Ministerial, bajo comentario, entra en vigencia el 07 de octubre del 2020.

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