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Resolución de Superintendencia 264-2018/SUNAT

Prorrogan en determinado caso el plazo para presentar la declaración jurada informativa Reporte País por País correspondiente al ejercicio 2017 (Formulario Virtual N° 3562)

Resolución de Superintendencia 264-2018/SUNAT
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Mediante la Resolución de Superintendencia 264-2018/SUNAT, publicado el 11 de noviembre del presente año en el diario Oficial El Peruano, se prorrogó el plazo establecido en la única disposición complementaria transitoria de la Resolución de Superintendencia Nº 163-2018/SUNAT para los contribuyentes domiciliados en el país, integrantes de un grupo multinacional cuya matriz es no domiciliada.

El objeto de dicha declaración es obtener información tributaria consolidada, relacionada con la distribución global de los ingresos, impuestos pagados y actividades de negocio de cada una de las entidades pertenecientes a un grupo multinacional.

La prórroga antes referida solo resulta de aplicación a aquellos contribuyentes comprendidos exclusivamente en el numeral 2 del inciso b) del artículo 116 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, quienes presentarán la declaración jurada informativa Reporte País por País correspondiente al ejercicio 2017,según el siguiente cronograma:       ÚLTIMO DÍGITODEL RUCFECHA DEVENCIMIENTO014 de marzo de 2019115 de marzo de 20192 y 318 de marzo de 20194 y 519 de marzo de 20196 y 720 de marzo de 20198 y 921 de marzo de 2

019Buenos contribuyentes22 de marzo de 2

019La Resolución, bajo comentario, entró en vigencia el  12-11-18.

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