Mediante Ley N º 31665 (Publ. 31-12-2022, Vig. 01-01-2023), se prorroga hasta el 31-12-2023 el plazo establecido que autorizaba a la SUNAT para continuar con sus funciones de Entidad de Registro o Verificación, regulado en la Cuarta Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, ello con la finalidad de aplicar medidas de facilitación del cumplimiento tributario y aduanero. Así también, se busca beneficiar a los pequeños y medianos contribuyentes a través de la emisión de certificados digitales.
Prorrogan el plazo establecido para que SUNAT continúe como entidad de Registro o Verificación conforme a Ley Nº 27269
Ley N º 31665


Oscar Daniel Maquera MontoyaAsesor Tributario
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