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Incorporan tasa preferencial SOFR para intereses por créditos externos

Decreto Supremo N° 137-2023-EF

Incorporan tasa preferencial SOFR para intereses por créditos externos
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Por medio del Decreto Supremo N° 137-2023-EF (publ. 29-06-2023, vig. 30-06-2023) se establece que la tasa preferencial para aplicar una retención del impuesto a la renta del 4.99% a los intereses de créditos del exterior es la SOFR (Secured Overnight Financing Rate), siempre que se cumplan las condiciones del artículo 30 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta. Esta medida se implementa debido a la discontinuidad del uso de la tasa LIBOR (London Interbank Offered Rate) en el mercado internacional. De esta manera, se evitará la aplicación de una tasa del 30% a todos los créditos.
 

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