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Establecen regímenes especiales de depreciación.

Ley Nº 31652

Establecen regímenes especiales de depreciación.
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Mediante la Ley Nº 31652 (Publ. 29-12-2022, Vig. 01-01-2023), se establece, de manera excepcional y temporal, regímenes especiales de depreciación para que los contribuyentes del régimen general del impuesto a la renta y del régimen MYPE tributario puedan depreciar aceleradamente determinados bienes.
 
En ese sentido, se permite la depreciación de edificios y construcciones con la tasa máxima del 33.33% anual, hasta su total depreciación, siempre que se destinen exclusivamente al desarrollo empresarial, y se cumplan dos requisitos:
1. Que la construcción se inicie a partir del 1 de enero de 2023;
2. Que al 31 de diciembre 2024 se haya avanzado por lo menos el 80% de la obra.

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