De acuerdo a la Ley N º 31666 (Publ. 31-12-2022, Vig. 01-01-2023), los sujetos que realicen actividades de acuicultura tienen principalmente el siguiente tratamiento tributario:
• Tasa del impuesto a la renta para el 2023 del 15%
• Depreciación del 20% anual del monto de las inversiones en infraestructura acuícola, así como en equipamiento asociado al cultivo
• Recuperación Anticipada del IGV en la etapa pre operativa
• Reintegro tributario del IGV durante la etapa operativa
Establecen medidas para fortalecer el desarrollo de la acuicultura sostenible en el país y promover las sinergias entre las empresas acuícolas a nivel nacional
Ley N º 31666


Oscar Daniel Maquera MontoyaAsesor Tributario
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