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Decreto Supremo N° 340-2018-EF

Modifican el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta respecto de operaciones de exportación o importación de bienes con cotización conocida y otros.

Decreto Supremo N° 340-2018-EF
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Mediante el Decreto Supremo N° 340-2018-EF publicado el 30 de Diciembre de 2018, se refiere lo siguiente:El Decreto Legislativo N° 1381 modificó la Ley del Impuesto a la Renta cambiando el tratamiento aplicable a los países o territorios de baja o nula imposición, incorporando el concepto de países o territorios no cooperantes así como el de regímenes fiscales preferenciales; así como el tratamiento aplicable a las operaciones de exportación o importación de bienes con cotización conocida en el mercado internacional, mercado local o mercado de destino, incluyendo los de instrumentos financieros derivados, o con precios que se fijan tomando como referencia las cotizaciones de los indicados mercados.

El Decreto Supremo N° 340-2018-EF publicado el 30 de Diciembre de 2018, adecúa el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta (Reglamento) a las modificaciones antes descritas, para lo cual: •           Se modifican los requisitos para determinar el valor de mercado en las transferencias de bienes, en los casos en que el precio pactado sea determinado con referencia a precios spot de mercados del exterior como Henry Hub u otros, distintos a países o territorios de baja o nula imposición.•           Sustituye el

Capítulo XVI del Reglamento para modificar las normas para calificar a los países o territorios no cooperantes o de baja o nula imposición y a los regímenes fiscales preferenciales.•           Adecúa las reglas para aplicar las normas de precios de transferencia•           Modifica las reglas aplicables a las operaciones de exportación o importación de bienes con cotización conocida en el mercado internacional, mercado local o mercado de destino o que fijan sus precios tomando como referencia las cotizaciones de dichos mercados•           Sustituye el Anexo del Reglamento que establece los países o territorios no cooperantes o de baja o nula imposición.•           Incorpora una Anexo 2 con la relación de bienes con cotización conocida en el mercado internacional, mercado local o mercado de destino o que fijan sus precios tomando como referencia las cotizaciones de dichos mercados identificados por partidas arancelarias o aquellas que las sustituyan.

El Decreto Supremo, bajo comentario, entró en vigencia el 1 de enero de 2019.

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