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DECRETO DE URGENCIA Nº 024-2019

Prorrogan la vigencia de beneficios y exoneraciones tributarias sobre devolución de impuestos que gravan las adquisiciones con donaciones del exterior e importaciones de misiones diplomáticas y otros, y la exoneración del Impuesto General a las Ventas por la emisión de dinero electrónico efectuada por las empresas emisoras de dinero electrónico.

DECRETO DE URGENCIA Nº 024-2019
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Mediante Decreto de Urgencia N° 024-2019, publicada el 12 de diciembre del presente año,   en el Diario Oficial El Peruano, se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2020 la vigencia de El Decreto Legislativo N° 783, que aprueba la norma sobre devolución de impuestos que gravan las adquisiciones con donaciones del exterior e importaciones de misiones diplomáticas y otros, y la exoneración del Impuesto General a las Ventas por la emisión de dinero electrónico efectuada por las empresas emisoras de dinero electrónico, a que se refiere el artículo 7 de la Ley N° 29985, Ley que regula las características básicas del dinero electrónico como instrumento de inclusión financiera.

El presente decreto de urgencia, bajo comentario, entra en vigencia a partir del 1 de enero de 2020.

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