Mediante Resolución de Superintendencia N° 000264-2025/SUNAT (publ.20.08.25; vig.conforme la norma lo indique), se incorpora al Sistema de Embargo por Medios Telemáticos ante las Empresas Adquirentes (SEMT-ATC) a Empresas Facilitadores de Pago y otras empresas adquirientes que no estaban incorporadas en dicho sistema. Desde el 21 de agosto de 2025, las empresas que se incorporan al sistema, deben implementar el SEMT-ATC antes del 15 de octubre de 2025, para lo cual la Sunat les proporcionará un código de usuario y la clave de acceso a partir del 1 de setiembre de 2025.
Se incluyen nuevos sujetos al sistema de embargo por medios telemáticos
publ.20.08.25; vig.conforme la norma lo indique


Keila Grisel Villa CarhuasAsesora Tributaria
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