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Designan a Luis Ernesto Longaray Chau en el cargo de Superintendente Nacional de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos

Mediante Resolución Suprema N.° 079-2022-JUS, publicado en el diario oficial El Peruano, el 15 de abril del 2022, se designa a Luis Ernesto Longaray Chau en el cargo de Superintendente Nacional de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, a fin de nombrar a quien desempeñará dicho cargo tras la renuncia de Harold Tirado Chapoñan.

Designan a Luis Ernesto Longaray Chau en el cargo de Superintendente Nacional de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos
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CONSIDERANDO:
Que, el artículo 13 de Ley N.° 26366, Ley que crea el Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, establece que el Superintendente Nacional de los Registros Públicos es designado por el Presidente de la República, a propuesta del Ministro de Justicia y Derechos Humanos;
Que, de acuerdo al artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo N.° 013-2017-JUS, es función del Ministro, entre otros, proponer al Presidente de la República la designación de los titulares de los organismos públicos del Sector Justicia y Derechos Humanos;
Que, teniendo en cuenta que el cargo de Superintendente Nacional de los Registros Públicos se encuentra vacante, resulta necesario designar a quien desempeñará dicho cargo;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N.° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley N.° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N.° 26366, Ley de creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, y la Ley N.° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Designar al señor Luis Ernesto Longaray Chau en el cargo de Superintendente Nacional de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos.
Artículo 2. La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos.

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