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Autorizan la presentación electrónica de actos inscribibles en múltiples Registros a través del SID-Sunarp

Mediante Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N.° 067-2020-SUNARP/SN, publicado en el diario oficial El Peruano, el 12 de junio del 2020, autorizan presentación electrónica a través del SID-SUNARP de actos inscribibles en el Registro de Personas Naturales, Predios, Personas Jurídicas, Bienes Muebles y Derechos Mineros.

Autorizan la presentación electrónica de actos inscribibles en múltiples Registros a través del SID-Sunarp
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SE RESUELVE:

Artículo 1. Presentación electrónica mediante el Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP de actos correspondientes al Registro de Personas NaturalesAutorizar, a partir del 15 de junio de 2020, la presentación electrónica, mediante el Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP - SID SUNARP, de los partes notariales suscritos con firma digital, conteniendo los siguientes actos inscribibles en el Registro de Personas Naturales:- Reconocimiento o cese de unión de hecho.- Nombramiento o designación de tutor.- Nombramiento de curador.- Designación o modificación de apoyos y salvaguardias.

Artículo 2. Presentación electrónica mediante el Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP de actos correspondientes al Registro de PrediosAutorizar, a partir del 15 de junio de 2020, la presentación electrónica, mediante el Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP - SID SUNARP de los partes notariales suscritos con firma digital, conteniendo los siguientes actos inscribibles en el Registro de Predios:- Modificación o Levantamiento de hipoteca.- Prescripción adquisitiva de dominio.- Constitución, modificación o levantamiento de Usufructo.- Patrimonio familiar.- Extinción de patrimonio familiar.- Constitución, modificación o levantamiento de habitación.- Contrato de opción.

Artículo 3. Presentación electrónica mediante el Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP de actos correspondientes al Registro de Personas JurídicasAutorizar, a partir del 19 de junio de 2020, la presentación electrónica, mediante el Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP - SID SUNARP de los partes notariales o de las copias certificadas electrónicas, según corresponda de acuerdo a la naturaleza del acto, suscritos con firma digital, conteniendo los siguientes actos inscribibles en el Registro de Personas Jurídicas:- Constitución Organización Social de Base – OSB.- Nombramiento de directivos de OSB.- Modificación de estatutos de OSB.- Modificación de estatutos de sociedad.- Nombramiento de gerente de sociedad.- Remoción de gerente de sociedad.- Modificación de estatutos de EIRL.- Nombramiento de gerente de EIRL.- Remoción de gerente de EIRL.- Modificación de estatutos de asociación.- Nombramiento de junta directiva.- Otorgamiento de poder.- Revocatoria de poder.

Artículo 4. Presentación electrónica mediante el Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP de actos correspondientes al Registro de Bienes MueblesAutorizar, a partir del 24 de julio de 2020 la presentación electrónica, mediante el Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP - SID SUNARP de los partes notariales suscritos con firma digital, conteniendo los siguientes actos inscribibles en el Registro de Bienes Muebles:Registro de Propiedad Vehicular:- Constitución de garantías mobiliarias.- Modificación de garantías mobiliarias.- Cancelación de garantías mobiliarias.

Registro Mobiliario de Contratos:- Constitución de garantías mobiliarias.- Pre constitución de garantías mobiliarias.- Modificación de garantías mobiliarias.- Cancelaciones de garantías mobiliarias.- Cesión de derechos.- Fideicomiso.- Arrendamiento.- Arrendamiento financiero (Leasing).- Contrato de opción.- Usufructo.

Artículo 5. Presentación electrónica mediante el Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP de actos correspondientes al Registro de Derechos MinerosAutorizar, a partir del 23 de setiembre de 2020 la presentación electrónica, mediante el Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP - SID SUNARP de los partes notariales suscritos con firma digital, conteniendo los siguientes actos inscribibles en el Registro de Derechos Mineros:- Transferencia de concesión minera.- Hipoteca de concesión minera.- Ampliación de hipoteca de concesión minera.- Levantamiento de hipoteca de concesiones.- Contrato de cesión minera.- Contratos de opción minera.- Contrato de opción de concesión minera.- Contrato de cesión y opción de concesión minera.- Resolución, rescisión, renovación y modificación de cesión y/u opción de concesión minera.- Contrato de riesgo compartido (joint venture).- Modificación de contrato de riesgo compartido.- Ampliación de contrato de riesgo compartido.- Conclusión de contrato de riesgo compartido.- Contratos de asociación en participación.

Artículo 6. Naturaleza de la presentación electrónicaLa presentación electrónica a través del SID-SUNARP, de los actos aprobados mediante la presente resolución, constituye un medio alternativo a la presentación de títulos en soporte papel para su inscripción y comprende únicamente a los partes notariales y copias certificadas de origen notarial, expedidas en formato electrónico, y suscritas con firma digital.

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