La Corte Suprema sostiene que, si bien rige el principio de jerarquía en el Ministerio Público y prevalece la posición del fiscal superior, excepcionalmente puede apartarse de ella cuando la opinión del fiscal de menor jerarquía resulte jurídicamente correcta y permita evitar la vulneración de una norma constitucional, procesal o sustantiva.
Prevalece excepcionalmente el criterio del fiscal de menor jerarquía frente a la posición del superior jerárquico [Recurso de Nulidad N.º 269-2025]
Jurisprudencia aplicable al art. 158 y 159 de la CPP.
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