La Corte Suprema precisó que la prueba trasladada es el mecanismo procesal mediante el cual un medio probatorio, sometido al contradictorio real en un proceso penal distinto, se incorpora a otro proceso receptor, exigiendo a efectos de su validez la concurrencia de una dimensión material —el dato acreditativo o documento— y una dimensión epistemológica —la conclusión valorativa emitida por el órgano jurisdiccional primigenio—.
Presupuestos y naturaleza de la prueba trasladada: las dimensiones material y epistemológica.

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1Cas.-N.º-40-2024-Huaura.pdf
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