El Tribunal Constitucional anuló las sentencias condenatorias al advertir un déficit de motivación, pues la sola condición de beneficiario de un concurso público no acredita la complicidad en el delito de negociación incompatible. Para condenar al postulante era indispensable precisar los actos concretos mediante los cuales colaboró dolosamente con la actuación ilícita del funcionario, lo que no ocurrió en el caso.
Negociación incompatible: La condena del cómplice exige acreditar actos concretos de colaboración dolosa; no basta que el postulante haya sido favorecido por la actuación irregular del funcionario (Exp. N.º 01167-2025-PHC/TC)
Jurisprudencia aplicable al art. 139.5 de la Const. Pol.; arts. 25 y 399 del Código Penal; arts. 393 y 394 del CPP.

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