La Corte Suprema señaló que la concurrencia de conflictos previos —como la demanda de alimentos, la denuncia por abandono de hogar y la constancia de tenencia de menores— no constituye, por sí sola, el supuesto de incredibilidad subjetiva, toda vez que los conflictos previos no desvirtúan automáticamente la verdad de la imputación; máxime si esta es corroborada con pruebas periféricas objetivas.
¿Los conflictos previos entre la agraviada y el acusado constituyen un supuesto de incredibilidad subjetiva?
Jurisprudencia aplicable al artículo 95 del Código Procesal Penal.

85 vistas
Archivos adjuntos
1Apelacion-N.º-62-2025-Puno.pdf
PDF0.49 B


