La Corte Suprema estableció que los requisitos de procedibilidad deben estar expresamente previstos en la ley, por lo que no pueden crearse mediante interpretaciones extensivas o analogías. En el caso de Juan Manuel Carrasco Millones, determinó que la acumulación de procesos conexos no constituye un requisito obligatorio para su juzgamiento, al tratarse de imputaciones independientes.
La conexidad procesal no constituye requisito de procedibilidad cuando la imputación es independiente [Apelación N.º 163-2025 Corte Suprema]
Jurisprudencia aplicable al art. 4 del Código Procesal Penal.
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