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Aprueban Política Nacional contra las Drogas al 2030

Mediante el D. S. N.° 192-2020-PCM, publicado en el El Peruano, el 14 de diciembre del 2020, aprobaron la Política Nacional contra las Drogas, cuyo objeto es solucionar los daños ocasionados a zonas estratégicas y a poblaciones en situación de vulnerabilidad del país por los cultivos ilícitos, el tráfico ilícito y el consumo de drogas.

Aprueban Política Nacional contra las Drogas al 2030
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Mediante el D. S. N.° 192-2020-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, el 14 de diciembre del 2020, aprobaron la Política Nacional contra las Drogas, que tiene por objeto solucionar los daños ocasionados a zonas estratégicas y a poblaciones en situación de vulnerabilidad del país por los cultivos ilícitos, el tráfico ilícito y el consumo de drogas.

Es así que se decreta:

Artículo 1. Aprobación de la Política Nacional contra las Drogas al 2

030Apruébese la Política Nacional contra las Drogas al 2030, la misma que como Anexo forma parte integrante del presente decreto supremo.

Artículo 2. Ámbito de aplicaciónLa Política Nacional contra las Drogas al 2030 es de aplicación inmediata para todas las entidades de la administración pública señaladas en el artículo I del título preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N.º 004-2019-JUS, en el marco de sus competencias.

Artículo 3. Rectoría y conducción de la Política Nacional contra las Drogas al 2

030La Presidencia del Consejo de Ministros tiene a su cargo la rectoría de la Política Nacional contra las Drogas al 2030 y su conducción está a cargo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas (DEVIDA).

Artículo 4. Monitoreo, seguimiento y evaluación4.1. DEVIDA tiene a su cargo el monitoreo, seguimiento y la evaluación de la Política Nacional contra las Drogas al 2030.4.2. DEVIDA realiza el seguimiento de la Política Nacional contra las Drogas al 2030, con información provista por las entidades públicas involucradas en su implementación y ejecución, y tiene a su cargo la remisión de los reportes de seguimiento y evaluación al Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN).4.3. Las entidades públicas comprendidas en el ámbito de aplicación del presente Decreto Supremo remiten trimestralmente a DEVIDA los informes sobre el cumplimiento de metas, a fi n de realizar el seguimiento y evaluación de la implementación de la Política Nacional contra las Drogas al 2030.

Artículo 5. Implementación de la Política Nacional contra las Drogas al 2

030Las entidades de la administración pública responsables de los objetivos prioritarios, lineamientos y proveedores de los servicios de la Política Nacional contra las Drogas al 2030, están a cargo de la implementación y ejecución de la misma, en el marco de sus funciones y competencias, a través de los diferentes planes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN). Para tal efecto, dichas entidades coordinan con la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), la implementación de los servicios identificados y otras acciones a fi n de contribuir al cumplimiento de los objetivos prioritarios de la Política Nacional contra las Drogas al 2030. […]DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINALÚNICA. Elaboración del Plan Estratégico Multisectorial de la Política Nacional contra las Drogas al 2030.

La Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas (DEVIDA), en un plazo máximo de ciento ochenta (180) días hábiles, contados desde el día siguiente de la vigencia del presente Decreto Supremo, propone a la Presidencia del Consejo de Ministros la aprobación, mediante Decreto Supremo, del Plan Estratégico Multisectorial de la Política Nacional contra las Drogas al 2030; el mismo que debe ser desarrollado de acuerdo a lineamientos establecidos por el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN).

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIAÚNICA. Vigencia de metasLas metas programadas sobre erradicación de cultivos ilegales de coca, por la aplicación de la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2017-2021, tienen vigencia en forma excepcional durante el periodo 2020-2021, hasta su adecuación a la Política Nacional contra las Drogas, y en tanto no se contraponga a esta.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIAÚNICA. Derogación del Decreto Supremo N.° 061-2017-PCMDerógase el Decreto Supremo N.° 061-2017-PCM, que aprueba la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2017-2021.

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