Sí, cuando un socio o tercero es titular de bonos emitidos por la sociedad, puede convertir ese crédito en capital social mediante un proceso de capitalización de acreencias. Esto implica la extinción de la obligación y su transformación en participación societaria, fortaleciendo el patrimonio de la empresa sin necesidad de flujo de efectivo.
BASE LEGAL: Ley General de Sociedades (Art.202 y 204)



