Cuando el Gerente General se aprueba su propio viaje, SUNAT puede cuestionar la validez del gasto al advertir un conflicto de intereses y ausencia de independencia en la decisión. En estos casos, la Administración suele considerar que no existió control societario ni autorización del órgano competente, lo que debilita la causalidad y fehaciencia del gasto y puede dar lugar a su reparo como gasto no deducible o a su recalificación como beneficio personal.
BASE LEGAL: Articulo 180 de la LGS y Articulo 37 de la LIR
