Si, Sunat brinda la posibilidad de poder reclamar y solicitar devolución de aquellos pagos que se hayan realizado de manera indebida o en exceso, exceso y corresponde a las intendencias de aduana resolver las solicitudes efectuadas en su circunscripción territorial. El plazo para que Sunat pueda devolver pagado indebidamente o en exceso prescribe a los 4 años contados a partir del 1° de enero del año siguiente de efectuado el mismo.
Base Legal : Procedimiento general RECA-PG.05



