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¿Debo registrar también gravámenes, embargos o medidas cautelares sobre las acciones?

¿Debo registrar también gravámenes, embargos o medidas cautelares sobre las acciones?
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El libro de matrícula de Acciones debe reflejar todas las afectaciones que limiten o condicionen la libre disposición de las acciones, tales como embargos, medidas cautelares, órdenes judiciales o constitución de garantías. Su registro permite que la sociedad y terceros conozcan que esas acciones no pueden se transferidas sin levantar previamente la afectación. El asiento debe incluir la resolución judicial, administrativa o el documento que ordene o sustente la medida.

BASE LEGAL: Articulo 92 de la Ley Nº 26887



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