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Viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado (2026)

Viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado (2026)
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Durante el Año Fiscal 2026, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas.


La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias.


FuenteLey N.° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026


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