No, será considerado como nulo el despido que tenga por motivo el embarazo, nacimiento o la lactancia, pues según nuestra Constitución, existe una protección especial a la madre durante el estado de embarazo que se extiende a la etapa pre y post natal, incluyendo los 12 meses del periodo de lactancia fijado por ley.
Base legal: Artículo 29 del TUO del Decreto Legislativo 728 / artículo 23 de la Constitución Política del Perú.



