El monto de la BETA es equivalente al 30% de la Remuneración Mínima Vital vigente en la oportunidad en que corresponde otorgar el beneficio. Los/as trabajadores/as que laboran menos de cuatro (04) horas diarias en promedio a la semana reciben la BETA en forma proporcional a la jornada trabajada.
Base Legal: art. 9 Ley D.S Nº 005-2021-MIDAGRI
