Depende del tamaño de la empresa y del registro:
Trabajadores de la Microempresa formalmente registrada: No tienen derecho a gratificaciones.
Trabajadores de la Pequeña Empresa formalmente registrada: Tienen derecho a media gratificación (equivalente a medio sueldo) en julio y en diciembre.
BASE LEGAL: Artículo 52 y Disposiciones Complementarias del Decreto Supremo N° 013-2013-PRODUCE (TUO de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial).



