La revisión de la evolución normativa demuestra que la negociación colectiva en los gobiernos locales ha transitado desde el Decreto Supremo Nº 070-85-PCM, posteriormente a la Ley del Servicio Civil y, más recientemente, la Ley N° 31188. Si bien los pactos colectivos celebrados válidamente antes de la LSC conservan eficacia conforme a la jurisprudencia constitucional, su ejecución y vigencia ha debido encuadrarse al respeto de las prohibiciones presupuestales imperativas.
El Decreto Supremo N° 070-85-PCM habilitaba la negociación colectiva en los gobiernos locales entre el 2002 y el 2012, no obstante, lo que se fuera a pactar debía sujetarse a las restricciones que hubiera en las leyes de presupuesto vigentes en cada oportunidad.
Informe Técnico N°-002849-2025-SERVIR-GPGSC
