Somos la empresa CARITO S.A contamos con una trabajadora embarazada quien nos ha presentado de manera tardía sus descansos médicos, la empresa desea solicitar el subsidio por maternidad una vez culminada la incapacidad temporal por tanto la trabajadora desea regularizar sus descansos ante CEVIT habiendo pasado más de 30 dias nos pregunta: ¿La trabajadora puede aún solicitar la validación de su descanso por maternidad?
Si, ya que se produjo una modificación a las disposiciones de la Directiva N°015- GG-ESSALUD-2014 por el cual ahora permite que de manera excepcional pueda proceder a la validación de los certificados médicos que excedan los 30 primeros días hábiles, siendo este un caso específico como los certificados médicos por maternidad.



