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Somos PERS S.A y queremos saber: ¿Cuáles son los plazos para que la AFP me inicie una cobranza judicial?

Somos PERS S.A y queremos saber: ¿Cuáles son los plazos para que la AFP me inicie una cobranza judicial?
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Cuando se trate de alguno de los subtipos de deuda previsional cierta o de una deuda previsional presunta con historia inmediata, el plazo máximo con el que cuenta la AFP para la interposición de la demanda judicial es el que resulte mayor entre:

a) El último día del séptimo mes siguiente a aquél en que vence el plazo para el pago oportuno de aportes previsionales; o,

b) El último día del séptimo mes siguiente a aquél en el que la AFP toma conocimiento de la deuda.

Excepcionalmente, por razones debidamente justificadas y sustentables, la AFP puede hacer uso de plazos adicionales, siendo obligación de la AFP mantener a disposición de la Superintendencia la documentación de sustento.

Base Legal: art. 158 de la Resolución de SBS Nº 2751-2020.

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