Si bien es cierto no hay por Ley algún equipamiento en específico que el empleador este sujeto a proporcionar sin embargo podemos tener en cuenta que el empleador puede aplicar equipos de protección personal e implementar medidas de uso correcto y obligatorio en coordinación con un profesional de salud del servicio de seguridad y salud en el trabajo tomando en cuenta el puesto de trabajo a desarrollar
Base Legal: Resolución Ministerial Nro. 239-2020-MINSA Lineamiento 7.2.6



