La consideración de una experiencia laboral como experiencia específica para un puesto o cargo deberá ser evaluada por la entidad, a través de la Oficina de Recursos Humanos o la que haga sus veces, verificando si aquella cumple con las características y condiciones previstas en el perfil correspondiente y satisface los requisitos establecidos para el acceso al puesto, observando para tal efecto la normativa vigente y sus instrumentos de gestión.
INFORME TECNICO N°001352-2026-SERVIR/GPGSC
