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Si el trabajador se encuentra de descanso médico o licencia con goce de haber, ¿se le debe seguir pagando la asignación familiar?

Si el trabajador se encuentra de descanso médico o licencia con goce de haber, ¿se le debe seguir pagando la asignación familiar?
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Sí. Durante los periodos de inasistencia computables para el pago de la remuneración (como vacaciones, descansos médicos o licencias con goce), el empleador debe abonar la asignación familiar de manera íntegra, ya que el vínculo laboral permanece activo.


Base Legal: Artículo 5 del Decreto Supremo Nº 035-90-TR.



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