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Si durante el semestre de julio y diciembre he tenido faltas injustificadas, ¿cómo se descontaría mis inasistencias para el cálculo de gratificación?

Si durante el semestre de julio y diciembre he tenido faltas injustificadas, ¿cómo se descontaría mis inasistencias para el cálculo de gratificación?
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El tiempo de servicios para efectos del cálculo se determina por cada mes calendario completo laborado en el período correspondiente. Los días que no se consideren tiempo efectivamente laborado se deducirán a razón de un treintavo de la fracción correspondiente.

Base legal: Artículo 3.4 Decreto supremo 005-2002-TR.

 

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