Sí, el trabajador puede solicitar el fraccionamiento de sus 30 días de vacaciones, pero bajo las siguientes reglas:
a) Un bloque debe ser de al menos 15 días calendario (que se pueden tomar en periodos de 7 y 8 días ininterrumpidos).
b) El resto (los otros 15 días) se pueden tomar en periodos más cortos, incluso de 1 solo día.
c) Debe existir un acuerdo por escrito entre el empleador y el trabajador.
Base legal: Artículo 17 del Decreto Legislativo N.º 713



