De acuerdo con la Directiva N° 001-2023-SERVIR-GDSRH, el legajo personal constituye un registro integral de la documentación personal y laboral del servidor civil generada desde su ingreso a la entidad, archivada de manera que refleje su trayectoria laboral. Por tanto, la información contenida en dicho legajo – incluyendo aquella vinculada a las sanciones administrativas –debe conservarse de manera íntegra, sin posibilidad de supresión o alteración.
El registro de la sanción administrativa en el legajo del servidor, se deriva de la determinación de la existencia de responsabilidad disciplinaria en el marco de un procedimiento administrativo disciplinario.
Las sanciones disciplinarias deben permanecer registradas en el legajo del servidor, aún cuando hayan perdido vigencia en el RNSSC.
INFORME TECNICO N°001397-2026-SERVIR/GPGSC



