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Reemplazaremos a una trabajadora embarazada ya que gozará de su licencia pre y pos natal, ¿Qué tipo de contrato aplicaría para el personal a contratar para este tipo de casos?

Reemplazaremos a una trabajadora embarazada ya que gozará de su licencia pre y pos natal, ¿Qué tipo de contrato aplicaría para el personal a contratar para este tipo de casos?
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El contrato que se debe aplicar es un contrato sujeto de naturaleza accidental de tipo de suplencia, con ello justificaría que la contratación solamente será por el puesto dejado por el personal que realizará el goce de su licencia por maternidad.

Base Legal: Art.61 D.S 003-97-TR

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