De conformidad al artículo 1° de la Ley N° 25129, los trabajadores de la actividad privada cuyas remuneraciones no se regulan por negociación colectiva, percibirán el equivalente al 10% del ingreso mínimo legal por todo concepto de Asignación Familiar.
¿Quiénes deben percibir la Asignación Familiar?

315 vistas


