Lo asume tanto el empleador privado como público, independientemente del régimen laboral en el que se encuentre.
Base legal: Artículo 52.4 del Decreto Supremo 002-2014-MIMP.

Lo asume tanto el empleador privado como público, independientemente del régimen laboral en el que se encuentre.
Base legal: Artículo 52.4 del Decreto Supremo 002-2014-MIMP.