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¿Quién asume los gastos de los “ajustes razonables” para las personas con discapacidad?

¿Quién asume los gastos de los “ajustes razonables” para las personas con discapacidad?
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Lo asume tanto el empleador privado como público, independientemente del régimen laboral en el que se encuentre.

Base legal: Artículo 52.4 del Decreto Supremo 002-2014-MIMP.

 

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