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¿Qué sucede con la CTS en caso el trabajador falleciera?

¿Qué sucede con la CTS en caso el trabajador falleciera?
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El empleador deberá entregar al depositario el importe de la CTS que hubiera tenido que pagarle directamente al trabajador, dentro de las 48 horas de notificado o de haber tomado conocimiento de su deceso. Asimismo, el depositario entregará el 50% del monto total acumulado al cónyuge o conviviente que acredite su calidad de tal. El saldo restante y los intereses lo mantendrá el depositario en custodia hasta la presentación del testamento o declaración de herederos.

Base legal: Artículo 56, 57 y 58 del Decreto legislativo 650

 

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