En este caso, el trabajador asegurado puede optar por mantener su seguro de vida, para ello tendrá 60 días calendario, luego de finalizado la relación laboral, para solicitar por escrito a la empresa asegurado un nuevo contrato donde la prima a pagar no puede ser superior a la abonada por el empleador. Cabe señalar que esta póliza se mantendrá vigente en tanto el asegurado no haya adquirido otra póliza del seguro de vida ley al ser contratado por un nuevo empleador.
Base legal: Artículo 18 del Decreto legislativo 688 / Artículo 3 del Decreto Supremo 003-2011-TR.



