El trabajo infantil, el trabajo forzoso, la libertad sindical y cualquier falta que resulte en un accidente mortal o discapacidad permanente. Estas no admiten perdón de multa.
Base legal: Artículo 48-A del Reglamento de la LGIT.

El trabajo infantil, el trabajo forzoso, la libertad sindical y cualquier falta que resulte en un accidente mortal o discapacidad permanente. Estas no admiten perdón de multa.
Base legal: Artículo 48-A del Reglamento de la LGIT.


