Es el estado de inhabilitación física o mental, debidamente certificado por un profesional de la salud, que impide al trabajador realizar sus labores habituales de forma temporal. Constituye una causa de suspensión imperfecta del contrato de trabajo (el trabajador no presta servicios, pero mantiene derecho al pago de su remuneración o subsidio).
Base legal: Artículo 23 de la Ley N° 26790



