Sí, usted podrá hacer una reducción a las remuneraciones de sus trabajadores a fin de evitar se pierda el vínculo laboral o el pago de remuneraciones.
Base legal: Inciso d, artículo 4.1 del Decreto Supremo Nº 011-2020-TR, Decreto Supremo que establece normas complementarias para la aplicación del Decreto de Urgencia N° 038-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas complementarias para mitigar los efectos económicos causados a los trabajadores y empleadores ante el COVID-19 y otras medidas.
