Efectivamente, si su trabajador desea volver a trabajar, deberá llenar una Declaración Jurada en la cual acredite volverá a realizar sus funciones en el centro de trabajo.
Base legal: Artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 099-2020-TR, Aprueban el documento denominado “Declaración Jurada” a que se refiere el numeral 8.3 del artículo 8 del D.S. N° 083-2020-PCM
