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¿Nos hemos registrado como remype pero ya hemos pasado las ventas anuales de una microempresa por más de 3 años que nos corresponde pagar en lo laboral a nuestros trabajadores?

¿Nos hemos registrado como remype pero ya hemos pasado las ventas anuales de una microempresa por más de 3 años que nos corresponde pagar en lo laboral a nuestros trabajadores?
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La empresa ya deber pagar según la cantidad de ventas anuales que haya obtenido pasar al siguiente régimen de manera automática y definitiva. 

Base Legal: Art. 51 D.S 013-2013-PRODUCE

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