Llegué a un acuerdo por mutuo disenso con mi trabajador, ¿Hay algún problema si sólo lo establecí de manera verbal?
Respuesta: Efectivamente, el acuerdo por mutuo disenso debe estar establecido en un acuerdo escrito o en la liquidación de beneficios sociales, la no observancia de estos requisitos podrían ser considerados como un despido arbitrario.
Base legal: Artículo 20 del Decreto Supremo Nº 003-97-TR.



