La tasa de intereses a utilizar será la establecida por la entidad bancaria donde correspondió realizar el depósito.
Base legal: Artículo 56° del Decreto Supremo N° 001-97-TR, Texto Único Ordenado de la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios.

La tasa de intereses a utilizar será la establecida por la entidad bancaria donde correspondió realizar el depósito.
Base legal: Artículo 56° del Decreto Supremo N° 001-97-TR, Texto Único Ordenado de la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios.


